PREÁMBULO
Artículo 1.
Se aprueba el Reglamento para la ejecución de la Ley 11/1986, de 20 de marzo, de Patentes, que figura en el anexo de la presente disposición.
Artículo 2.
El Reglamento entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el "Boletín Oficial del Estado".